
Programa de licencia de conducir comercial
Operar un vehĆculo motorizado comercial (CMV) exige conocimientos, habilidades y capacidades fĆsicas avanzadas en comparación con conducir vehĆculos no comerciales. Para obtener una licencia de conducir comercial (CDL), los solicitantes deben aprobar rigurosas pruebas de habilidades y conocimientos alineadas con estos elevados estĆ”ndares. Los titulares de una CDL deben cumplir con un estĆ”ndar superior al conducir cualquier vehĆculo en la vĆa pĆŗblica. Cometer infracciones de trĆ”nsito graves puede afectar el estado de certificación del titular de una CDL.
Descripción general
Licencia
Operar un vehĆculo de motor comercial conlleva una gran responsabilidad y exige habilidades y conocimientos especializados. Para conducir legalmente, la mayorĆa de las personas necesitan una licencia de conducir comercial (CDL) emitida por su estado de origen (tener licencias de varios estados es ilegal). AdemĆ”s, pueden ser necesarios respaldos especĆficos para los conductores que manejan vehĆculos como aquellos con remolques dobles o triples, tanques, que transportan materiales peligrosos o vehĆculos de pasajeros. Para obtener información detallada, comunĆquese con la oficina de licencias de su estado, como el Departamento de VehĆculos Motorizados".
¿CuÔl es la diferencia entre una licencia CDL de Clase A, B y C?

Licencia CDL Clase A
Cualquier combinación de vehĆculos con un peso bruto vehicular de 26,001 libras o mĆ”s, siempre que los vehĆculos remolcados excedan las 10,000 libras. Las carreras de conducción que requieren una CDL Clase A incluyen conductores de tractor-remolque y combinaciones de remolque de camión.

Licencia CDL Clase B
Cualquier vehĆculo individual con un peso bruto vehicular de 26,001 libras o mĆ”s, o cualquier vehĆculo que remolque a otro que no exceda las 10,000 libras GVWR. Las carreras de conducción que requieren una CDL Clase B incluyen camión de hormigón/premezclado, conductor de camión volquete y conductor de autobĆŗs.

Licencia CDL Clase C
Cualquier vehĆculo individual con un GVWR inferior a 26,001 libras y cualquier vehĆculo que remolque a otro que no exceda las 10,000 GVWR. (Un autobĆŗs tiene menos de 26,001 pasajeros y 16 pasajeros o mĆ”s, o un vehĆculo que transporta materiales peligrosos).